miércoles, 4 de marzo de 2020

LA FUNCIÓN PRINCIPAL DE INSTITUTO




Dentro de los cultos que las hermandades y cofradías dedican a sus Titulares destaca entre todos la llamada Función Principal de Instituto. Se celebra como remate a unos cultos previos, generalmente quinario cristero.


Recibe ese nombre porque en los siglos pasados en el quinario precedente no se celebraba la Eucaristía, que no era elemento esencial de un quinario ya que el objeto de esos cinco días era el de llegar, mediante la meditación, el ejercicio piadoso del quinario, escucha de la Palabra, actos eucarísticos de adoración y la predicación al gran día, el día de la Función, que por eso se llamaba Principal. Escasas hermandades mantienen hoy día ese esquema.


En realidad, los ejercicios de piedad (ya que no son otra cosa los quinarios, triduos y demás) tenían antiguamente un sentido de preparación, durante el cual, mediante el Sermón, único medio de la Iglesia para transmitir sus mensajes evangélicos en aquellos tiempos, y mediante la meditación de los misterios de la Pasión, se invitaba al cofrade a una conversión, que culminaría recibiendo los sacramentos del Perdón y de la Eucaristía en la Función Principal, que por eso recibía tal nombre. La celebración de la Eucaristía no es pues esencial en los ejercicios de piedad, aunque si es la culminación de esos cultos. 





En este sentido, podría afirmarse que la llamada Función Principal sólo lo es en la mayoría de los casos por la solemnidad o tradición, ya que, en sentido estricto, al celebrarse siempre la Eucaristía en rigor no puede decirse de una Eucaristía que sea más principal que otra. 


En esa Función Principal sí que se celebraba la Eucaristía, en la que previa confesión, se hacía comunión general de los hermanos. Cierto es también que la práctica de la comunión frecuente es muy moderna, siendo en siglos pasados ésta una práctica más bien excepcional debido entre otras cosas al estricto ayuno eucarístico que había que guardar para comulgar (desde la medianoche anterior), lo cual no favorecía esta práctica y forzaba por añadidura la inexistencia de misa vespertina. Pío XII en 1953 mitigó el ayuno, que pasó primero tres horas y posteriormente a una hora antes (CDC 919).






Actualmente la Función Principal de Instituto consiste en Misa solemne con Sermón, y al Ofertorio Protestación de Fe, con juramento solemne de creer y defender las verdades fundamentales de nuestra religión, con especial referencia a la defensa de la pureza inmaculada de la Virgen y posterior beso al Libro de Reglas con la Presidencia de la hermandad como testigos.

Las Reglas ordenan que los hermanos deben portar la medalla de la hermandad en todos estos cultos. También las Reglas suelen incluir la fórmula de Protestación de Fe, que en algunos casos no estaría de más actualizarla con una redacción más acorde a los tiempos actuales.







Algunos consejos prácticos


Los ministros deben cuidar su indumentaria, procurando que el cuello de la camisa no asome por encima del alba y llevando calzado adecuado.


Los lectores que suban al ambón a proclamar las lecturas son más correctos que lo hagan al mismo tiempo, haciendo reverencia al altar. Cuando el primer lector acabe la primera lectura y el salmo se aparta para que el segundo lector proclame la segunda lectura. Después, ambos bajan y coordinadamente repiten la reverencia al altar y ocupan sus sitios en la nave.


Si se hace procesión con las ofrendas no se olvide que lo primero que se presenta es el pan y el vino y después lo demás que se lleve al altar. Si se ha preparado la Oración de los fieles deben seguirse las normas dispuestas para su confección. Con uno o dos lectores máximo es suficiente.






El turiferario, además de incensar al presidente y a los concelebrantes, debe incensar también al pueblo que lo recibe puesto en pie. La costumbre de incensar expresamente a la Junta de Gobierno no procede ya que el pueblo la incluye.


Los acólitos no deben establecer una barrera entre el pueblo y el presbiterio. Tampoco es adecuado que salgan durante el sermón.






Terminamos puntualizando que el día de la Función Principal es el día del año más importante para la hermandad, aunque la mayoría piense más en la estación de penitencia, que no deja de ser un acto de piedad popular paralitúrgico con el que todos soñamos, pero nunca comparable a la celebración eucarística.






Sentido de la función principal de instituto de una hermandad o cofradía


El Código de Derecho Canónico, en su canon 298 § 1, señala que entre los fines de las asociaciones de fieles se encuentra promover el culto público

La vertiente cultual, litúrgica, forma parte, pues, de la misma naturaleza de hermandades y cofradías, que, siguiendo el ciclo litúrgico anual de la Iglesia, dedican especial interés a sus imágenes titulares, y celebran litúrgicamente sus respectivas fiestas. 

De este modo, las funciones principales de instituto de una hermandad o cofradía, promueven y expresan el sentido de pertenencia a la Iglesia en los cofrades y hermanos, y abre los horizontes de sus corazones a la universidad histórica y geográfica de la Iglesia, favoreciendo la vivencia de una espiritualidad comunitaria en el seno de la hermandad.





Hoy más que nunca, la vivencia de la experiencia de fe, siempre personal e íntima, en el seno de una hermandad o cofradía, exige la celebración de esa fe en la liturgia y luego su manifestación externa: celebrar litúrgicamente la fe en el templo y salir de él para hacernos presentes, como creyentes y testigos del Evangelio, en medio de la sociedad. Los campos donde se puede hacer presente el testimonio cristiano son diversos: el trabajo, las relaciones sociales, las asociaciones civiles, el mundo de la cultura, la política…


Celebrar la función principal de instituto de una hermandad o cofradía no es un aspecto secundario de las actividades de estas asociaciones de fieles. 




Antes, al contrario, es fundamental y prioritaria, como celebración de la fe de la Iglesia en el marco concreto de una hermandad, a la que luego se añaden otras finalidades que quedan recogidas puntualmente en los estatutos. 

Por eso, una función principal de estatuto no está en contradicción con una procesión. 

No se trata de yuxtaponer realidades, sino, antes, al contrario, de conjuntar esos dos aspectos: liturgia y piedad popular. 




Así, una sana integración de algunos aspectos de la religiosidad popular, antes o después o en torno a las celebraciones litúrgicas, es necesaria e imprescindible. 

Se evitan así dos extremos que son peligros para una sana fe: el de una religiosidad que confunde lo popular con el ir por libre, sin dejarse evangelizar y orientar por la liturgia, y el de una liturgia ‘químicamente pura’, que no es receptiva para integrar los auténticos valores de la piedad del pueblo, capaz todavía hoy de acercar a los alejados a los misterios de nuestra fe.





Liturgia y cofradías no son realidades que deban ir separadas, sino que entre ambas se impone una necesaria convergencia, que tendrá como consecuencia una vida cristiana más rica, más sólida y dispuesta a convertirse en precioso testimonio del Evangelio de Jesucristo en el mundo.







Artículo enviado por:




Jesús Manuel Cedeira Costales.




Fuentes:



la-liturgia.blogspot.com



Texto de Francisco Juan Martínez Rojas, Vicario General del Obispado de Jaén y Moderador de la Curia.



www.hermandaddelamacarena.es

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